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La Suprema Corte invalida que padres puedan someter a terapias de conversión a sus hijos

La Suprema Corte invalida que padres puedan someter a terapias de conversión a sus hijos

Se reportó el 21 de mayo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una excepción en la ley que absolvía a los padres de someter a sus hijos en terapias de conversión.Previamente, la excepción resguardaba de un proceso legal a los padres, o tutores del menor de edad, que usaran terapias de conversión. Estas prácticas pretendían alterar la orientación sexual, expresión de género o identidad de la persona. TE PUEDE INTERESAR: Una de cada 3 personas LGTBI+ en México ha tenido intentos o ideas suicidas, alertan activistasLos ministros del pleno aprobaron el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat. El objetivo fue invalidar el último párrafo del artículo 117 Ter del Código Penal de Guerrero. Afirmó que el distanciar las responsabilidades de los padres vulnera la dignidad humana, el derecho a la no discriminación y al libre desarrollo de la identidad. En su incumplimiento, el artículo detalla una pena de dos a seis años de prisión, al igual que multas.La ministra Rios Farjat afirmó que los padres, o quienes ejercen la patria potestad, tienen la autonomía de elegir qué cuidados son adecuados para sus hijos; sin embargo, aclaró que estas elecciones no deben de afectar el desarrollo o bienestar del menor de edad. TE PUEDE INTERESAR: Violencia, recortes, ataques, la comunidad LGTBIQ+ está “en emergencia” en todo el planeta‘Estas prácticas carecen de sustento científico sólido, ya que no existe evidencia científica o médica definitiva que permita sostener que estos mecanismos inciden o modifican la orientación sexual o identidad de género de quienes se someten a ellas’ comentó la ministra Farjat.

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